Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah conformaron la mayoría del tribunal que rechazó los pedidos de nulidad presentados por la defensa de Fernández. El voto en disidencia fue del camarista Roberto Boico, quien propuso dictar la falta de mérito y continuar con la recolección de pruebas.
La resolución deja al ex mandatario en condiciones de ser llevado a juicio oral. Además, se mantuvo el embargo preventivo de 10 millones de pesos sobre su patrimonio.
El juez Irurzun consideró que los hechos relatados por la denunciante eran verosímiles y se habrían producido dentro de un entorno de poder desigual, en un espacio de alta seguridad como la Quinta Presidencial de Olivos. En su argumentación, destacó que la víctima habría estado aislada en una zona para huéspedes, situación que fue respaldada por testimonios de familiares cercanos.
Según el fallo, Yañez se encontraba en una posición de vulnerabilidad dentro y fuera del vínculo con Fernández. Los jueces interpretaron sus acciones como un intento de solicitar ayuda frente a una situación que, de acuerdo a los elementos recolectados, no habría sido aislada ni puntual.
Por otro lado, el juez Boico expresó que aún restan diligencias clave, como los testimonios de personas que acompañaron a Yañez en un viaje a Misiones, donde apareció con un hematoma en el rostro. Según su criterio, no fue posible determinar la fecha exacta del supuesto golpe y la prueba audiovisual carece de contexto verificable.
Boico también cuestionó que se hayan descartado o recortado algunos testimonios sin una justificación clara, lo que, en su opinión, debilita la solidez del procesamiento.