Por un ataque a balazos que terminó con un muerto y un herido, condenaron a un cómplice del homicidio y al atacado por venta de drogas
Judiciales 20:44

Por un ataque a balazos que terminó con un muerto y un herido, condenaron a un cómplice del homicidio y al atacado por venta de drogas

El 7 de mayo se registró un ataque a balazos en una casa ubicada en La Capuera. En ese lugar dos hombres fueron heridos uno mortalmente y otro de gravedad. El individuo fallecido era W.E.M.M., de 55 años y el otro de iniciales R.C.Z.A., de 47 años, fue trasladado a un centro asistencial privado para su asistencia.

En el relevamiento de la escena del hecho, además de diversos indicios, entre ellos de tipo balístico, en el interior de una casa la policía encontró 2.486 sellos de LSD, 8k.820 grs. de cocaína, 567 gs. de cogollo de marihuana y 63 gs. Cristal MDMA.

Por estos hechos la policía estableció que el individuo de iniciales C.C.C.T., de 22 años, estaba vinculado al suceso, quien fue detenido en su domicilio.

El día 27 de mayo, por disposición de la Fiscalía actuante, C.C.C.T. fue conducido a la sede letrada donde finalizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno, se dispuso su condena como cómplice penalmente responsable de un delito de homicidio y un delito de lesiones graves intencionales en régimen de reiteración, a la pena de dos años y ocho meses de prisión efectiva.

La policía continuó con la investigación, tendiente a identificar otras personas participes del hecho referido.

Por su parte la Brigada Departamental Antidroga en coordinación con la Fiscalía de 4to Turno de Maldonado, venía trabajando en la denominada “Operación Arpa” a raíz de una denuncia de venta de sustancia de estupefacientes en una casa ubicada en Maldonado y otra en La
Capuera, estando involucrado el herido de gravedad en ese ataque, R.C.Z.A..

Por estos episodios, el pasado viernes 10 de junio. la justicia dispuso la condena como autor penalmente responsable de un delito de negociación de sustancias estupefacientes en la modalidad prevista en el art. 31 del decreto-ley 14294, a la pena de tres años y ocho meses de penitenciaría, con descuento de la preventiva sufrida y siendo de su cargo las obligaciones previstas en los literales d y e del art.105 del CP.

Se decomisó la droga, el dinero, la balanza de precisión y el celular incautado, y se deberán remitir para su destrucción de acuerdo a lo dispuesto por el art. 50 de la Ley 19574.

En virtud de lo alegado por la fiscalía en cuanto al estado de salud del imputado y de acuerdo a lo previsto en los arts. 228 del C.P.P. y los arts. 304 y 305 del C.P.P. se suspenderá el cumplimiento de la pena en un centro de reclusión por el plazo establecido del médico forense, debiendo controlar el juzgado de ejecución y vigilancia el estado de salud del condenado a los efectos de aplicación de los artículos antes mencionados.

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