Confirman condena a quien atacó a “Caserito” con un yunque
Judiciales 20:30

Confirman condena a quien atacó a “Caserito” con un yunque

El caso se refiere a un asalto registrado el 30 de abril de 2013 y que tuvo como protagonista a un joven de diecinueve años y a su concubina.

Un tribunal de apelaciones confirmó la condena a siete años y seis meses de penitenciaría de un joven de diecinueve años imputado de un delito de lesiones graves en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de rapiña.

El fallo en segunda instancia fue resuelto a pedido de la defensa del reo de rebajar la pena de cárcel a cuatro años apelando a la “intachable” conducta que el mismo tiene en su lugar de reclusión.

Además, la defensa sostuvo que la pena aplicada a su cliente fue excesiva por tratarse de un primario quien, además, colaboró con la justicia al declararse culpable de los hechos.

La defensa recordó que en el momento de producirse el incidente que lo mandó a la cárcel, el joven gozaba de minoridad relativa y que, además, estaba borracho en el momento del asalto.

La fiscalía se opuso al planteo de la defensa por entender que los atenuantes manejados por ésta en la apelación fueron tomados en cuenta al aplicarse la pena de penitenciaría.

Se trata de un proceso de “apelación automática” que se aplica en cada caso que termina con la aplicación de una pena mayor a cuatro años de penitenciaría.

“Caserito”
El caso se refiere a un asalto registrado el 30 de abril de 2013 y que tuvo como protagonista al joven de diecinueve años y a su concubina.

Ambos tenían deudas contraídas que resolvieron pagar con el dinero que le robarían a “Caserito”, el padrino del joven. A las 20:30 de ese día, el joven viajó desde su casa en Maldonado hacia la ciudad de San Caros donde reside su padrino, “Caserito”, un empleado municipal.

En el medio realizó una parada en la casa de una familia cercana a los efectos de cambiarse de ropa y pedir prestado un yunque, del tipo de los empleados para reparar bicicletas. Con el implemento a cuestas y con la ropa mudada, el acusado se dirigió a la casa de “Caserito” ubicada en la calle 25 de Agosto de la ciudad de San Carlos.

Al percatarse que “Caserito” todavía no había llegado a su casa, el joven lo esperó escondido detrás de un arbusto ubicado en el frente de la vivienda.

“Al regresar el damnificado a su domicilio y en circunstancias que se encontraba abriendo la puerta de su casa, AA le da un empujón, lanzándolo hasta el interior de la finca, donde cae. Posteriormente y a pesar de estar oscura la vivienda, piensa el encausado que su víctima lo reconoció, propinándole en consecuencia un golpe con el hierro que portaba en la cabeza, quedando el Sr. CC semi-inconsciente, apoderándose el indiciado mediante sustracción de la suma de $1.500 pesos del bolsillo del pantalón, luego de ello se dirige al dormitorio, sabiendo donde guardaba el damnificado el dinero ya que frecuentaban su casa, y de un placar se apodera mediante sustracción de la suma de $ 16.000 pesos”, sostiene la sentencia.

Perpetrado el hecho, el enjuiciado se retira del lugar no sin antes cerrar la finca con candado, según el mismo con la finalidad que el lesionado no lo siguiera, señalando al respecto la familia DD, frecuentada por el encausado, que había visto a éste con sus ropas manchadas de sangre, cambiándose nuevamente las ropas que había dejado en la casa de los DD para posteriormente dirigirse a su domicilio en la ciudad de Maldonado.

El encausado confiesa en autos que utilizó el dinero en el pago de deudas, adquirir electrodomésticos y comestibles, como asimismo le entregó la suma de $6.000 pesos a un vecino de confianza -EE- para que se los devolviera cuando tuviera que abonar el alquiler.

La víctima, quien sufrió lesiones graves a causa de los golpes recibidos por el encausado, consiguió salir de la vivienda y radicó denuncia ante Seccional Policial 2ª de esta ciudad esa noche, siendo derivado al Hospital Local, para después ser trasladado al Sanatorio Cantegril donde se le practicó una tomografía computada, constatándosele lesiones graves a nivel craneal con peligro de vida, según indicó en su informe el Sr. Médico Forense.”, asegura el fallo.

El joven de 19 años confesó como llevó adelante el ataque: “Me abusé. Él es mi padrino y espero que lo siga siendo. Cuando él llega yo estaba detrás del arbusto. Cuando llega le doy un empujón y se dio la cabeza contra el suelo. En el bolsillo tenía $ 1000 ó $1200 capaz. Yo sabía dónde tenía más plata: en un saco oscuro dentro del ropero. Saqué $ 16.000. El cayó levantándose. Me vio y yo lo dejé sentado arriba de la cama y me fui. Yo no usé cuchillo ningún otro objeto. Vine con un pedazo de fierro que quedó tirado acá pero no lo usé. Yo vine a eso: a pegarle y a robarle”. Y si bien en un primer momento negó haber usado arma alguna, en audiencia posterior reconoció haber golpeado a la víctima con un fierro.

La víctima sufrió lesiones graves en función del ataque propinado por el condenado, pues conforme a lo informado por el médico forense, practicada tomografía computada pudo determinarse que presentaba hematoma en el cerebro, en el espacio subdural temporal izquierdo, con peligro de vida.

“Ahora bien. Precisamente, en el caso, la violencia y preparación de la Rapiña, que concurre con un delito de Lesiones graves, la elevación de ese guarismo mínimo dado por el delito más grave (Rapiña), que en función de las agravantes que concurren, es de 5 años y 4 meses de penitenciaría y no de 4 años como postula la Defensa, se entiende justificada. Véase que si bien el autor era primario, menor relativo y terminó por confesar, usó un yunque para vencer, luego de esperar que llegara a su domicilio y empujarlo al ingresar, toda posible resistencia de la víctima, de quien era “ahijado”.

Dado que se trató de un delito planificado, se computó la premeditación y habida cuenta de la sorpresa e indefensión del damnificado, también la alevosía, que habitualmente no concurren en este tipo de conductas delictivas, donde las más de las veces no existe un verdadero plan ni ejercicio efectivo de violencia, sino violencia simbólica o moral.

En la especie, el acusado se propuso sin reparos sustraer dinero ejerciendo violencia en una persona que confiaba en él, planificó ingresar en su domicilio para lastimarlo y robarle, según dijo y concretó, ocasionándole -con un hierro- un hematoma en el cerebro, en el espacio subdural temporal izquierdo, con peligro de vida”, sostuvo el tribunal.

“Luego lo dejó encerrado con candado, acción que afortunadamente no tradujo una privación de libertad, porque el damnificado consiguió salir de la finca por sus propios medios, pero sumado a lo anterior (planificación y modalidad de ejecución, sin reparar en consecuencias para la vida del damnificado, traicionando a una persona de su conocimiento y supuesta estima), menguan la incidencia benéfica de las atenuantes concurrentes y relegan el pronóstico a otros instrumentos que terminan haciendo que la pena sea móvil, por vía administrativa (redimiéndola en parte, por trabajo o estudio)”, añadió.



fuente: Correo de Punta del Este

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