Los mismos fueron citados en calidad de indagados y no se dispusieron medidas cautelares.
Según relatos de Gabriel Pérez, luego de haber sido atacado por cuatro residentes argentinos, fue conducido por ellos a una dependencia policial donde lo esposaron y lo dejaron en una celda.
La fiscal Ana Laura Rosés es quien tomó la denuncia de Pérez y citó a los indagados para el próximo 19 de julio.
Hasta el momento se desconoce si investigará sobre el accionar policial en cuanto a si este grupo actuaba en conjunto con la policía, ya que varios vecinos del balneario han manifestado que “persiguen sospechosos de hurtos en la zona”.
El arresto ciudadano está establecido en nuestro Código de Proceso Penal y establece que “la persona que sea sorprendida en flagrancia delictual deberá ser detenida aun sin orden judicial. En las mismas circunstancias cualquier particular podrá proceder a la detención y entregar inmediatamente al detenido a la autoridad.
En tales casos se dará cuenta inmediatamente al Ministerio Público, el que pondrá al detenido a disposición del tribunal competente, adoptando las medidas pertinentes o solicitando su adopción, cuando corresponda, a aquél”.
Teniendo en cuenta este artículo N° 220, el arresto ciudadano no puede sucederse cuando la persona no sea sorprendida infraganti.