Los recursos brindados se comenzarán a pagar cuando el alumno culmine su carrera o, en caso de abandono, el capital será exigible desde ese momento y sin perjuicio de formas de pago adelantado por las que pueda optar el beneficiario del crédito.
Los intereses generados por la financiación del crédito otorgado serán abonados anualmente por el beneficiario ante la institución bancaria.
El crédito puede ser requerido para la asistencia parcial del pago de la cuota mensual, alojamiento o transporte.