A partir del 15 de noviembre del corriente año, el Ejecutivo aplicará una reducción total del Impuesto al Valor Agregado en servicios específicos para personas físicas no residentes en Uruguay.
El Presidente de la República firmó un decreto que establece la reducción total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para determinadas operaciones dirigidas a turistas no residentes. Esta medida se enmarca en la Ley N° 17.934 y su modificación en la Ley N° 20.212, que permite al Poder Ejecutivo aplicar dicha reducción bajo ciertas condiciones.
El decreto, identificado como Asunto 1524, especifica que la reducción del IVA se aplicará a servicios gastronómicos, catering, servicios para fiestas y eventos, así como al arrendamiento de vehículos sin chofer. "Los adquirentes deben ser personas físicas no residentes y realizar el pago mediante tarjetas de débito o crédito emitidas en el exterior, o mediante transferencias electrónicas de fondos", señaló el texto.
La reducción entrará en vigencia el 15 de noviembre de 2024 y se extenderá hasta el 30 de abril de 2025. En caso de adquirir servicios en establecimientos específicos, se aplicará un descuento del 18,03% sobre el total de la operación.
El decreto también establece que si al cierre del ejercicio existe un excedente por la aplicación de esta reducción, el crédito no trasladable será del 9% de la alícuota del IVA. "El crédito correspondiente a los restantes 13 puntos podrá trasladarse a futuras liquidaciones o ser compensado con otras obligaciones tributarias", añade el documento.
Finalmente, se deroga el Decreto N° 376/012, vigente desde noviembre de 2012.
Foto: web Uruguay Presidencia