La medida se da luego de constatar una "baja significativa" de los casos de contagios y, al mismo tiempo, un alto porcentaje de población vacunada contra la covid-19. El ingreso al país de ciudadanos extranjeros inmunizados, se permitirá con resultado negativo del test de covid aprobado por el Ministerio de Salud Pública.
Podrán ingresar propietarios y titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en el país, lo que será acreditado mediante certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en la República Oriental del Uruguay o declaración jurada (artículo 239 del Código Penal).
Podrán ingresar a partir del 1° de setiembre de 2021, y hacerlo acompañados de su cónyuge o concubino y familiares de primer y segundo grado de consanguinidad.
Con respecto a este último punto, el decreto señala que se debe acreditar haber recibido una única dosis o las dos dosis, según la plataforma vacunal utilizada, durante los últimos seis meses previos al embarque y haber cumplido con los plazos de espera respectivo para lograr la inmunidad efectiva.
"En el caso de ciudadanos extranjeros menores de 18 años de edad, que provengan de un país en que no se haya aprobado ningún tipo de vacuna contra el precitado virus para su franja etaria, deberán cumplir el aislamiento determinado por las normas sanitarias conjuntamente con su familia", señala el decreto.
Finalmente, el segundo artículo indica que aquellas personas -nacionales o extranjeras- que ingresen al Uruguay deberán realizarse un hisopado de PCR por su propio costo al séptimo día o en su defecto guardar aislamiento social preventivo durante 14 días contados desde su ingreso al país.