La Fiscalía Departamental de San Carlos Especializada en Género de 1° turno, a cargo de la fiscal Fiorella Marzano y la fiscal adscripta Gabriela Carrancio, imputó y obtuvo la condena mediante proceso abreviado de un hombre acusado de abusar de una adolescente.
El pasado 8 de diciembre, una mujer concurrió junto con su hija de 13 años de edad, a la Policlínica de Piriápolis debido a que la misma no se sentía bien.
De los estudios médicos realizados se constata que la adolescente estaba cursando un embarazo de 13 semanas y 4 días, por lo que se procedió a activar el Protocolo de Abuso Sexual en el Hospital de Maldonado.
Del relato de la víctima a los profesionales de la salud intervinientes y a su madre y hermana, surge que el padre biológico de su bebé y presunto abusador sería su tío político, H.C. (pareja de su tía materna) y que los hechos habrían comenzado cuando ella tenía 12 años de edad.
En virtud de haberse interrumpido el embarazo, se procedió a cotejar las muestras de ADN obtenidas del feto con las del indagado, concluyendo que el índice de paternidad y probabilidad que H.E.C.D. sea el padre biológico del feto es del 99,99999 %.
Ante estas evidencias y la declaración de testigos, H.E.C.D. fue imputado y condenado como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual especialmente agravado a la pena de siete años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Además, se le impuso como pena accesoria la pérdida o inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, cargos públicos o privados en la educación o la salud, por el período de diez años.
También se lo condenó a la reparación patrimonial para la víctima correspondiente al pago de doce salarios mínimos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 19.580.
(Fuente: Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía)