La directora de Asuntos Legales de la Intendencia, María del Carmen Salazar, argumentó que la Justicia notificó mal a la comuna sobre los plazos para responder a una millonaria demanda de la empresa Ramón Álvarez. La jerarca consideró "llamativo" que el juzgado civil haya tenido "errores" en todas las acciones iniciadas por la exadjudicataria de la recolección de residuos en el departamento.
Salazar declinó "opinar sobre el funcionamiento de la Justicia", pero más de una vez consideró "llamativo" que el juzgado haya entregado a la Intendencia notificiones con "errores formales" en todas las instancias vinculadas a acciones de la empresa Ramón C. Álvarez.
Aseguró que en el último caso, la funcionaria judicial llegó a la intendencia fuera del horario que establece la Suprema Corte de Justicia para las notificaciones y lo hizo sin entregar las tres vías idénticas que se exigen. Además, corrigió a mano una fecha, lo que tampoco puede hacerse.
Esto generó que, para la intendencia, el vencimiento del plazo para responder la demanda fuera el 26 mientras que la jueza penal de 5º turno interpretó que era un 25, señaló Salazar, este viernes, en FM Gente.
Explicó que, como la notificación fue entregada fuera de hora, se interpreta que hay un día más de plazo para responder a la demanda. Por eso sostuvo que el plazo debía vencer el 27 y la intendencia respondió el 26, "un día antes".
Según Salazar, la jueza reconoció "errores formales" en la notificación y también lo hizo la funcionaria, que admitió haber ido "apurada" y sin haber tomado las previsiones para cumplir con lo establecido para estos casos. No obstante, al interpretar la corrección manuscrita de la fecha, la magistrada consideró que había escrito un 5 y no un 6, por lo cual no hizo lugar al escrito de la comuna presentado el 26 de abril.
"El error fue del juzgado. Nos llama mucho la atención de que todas las notificaciones con esta empresa a la intendencia llegaron mal", enfatizó Salazar, para recordar que días atrás la justicia llegó a frenar la apertura de la licitación internacional para la compra de luminarias sin escuchar el alegato de la IDM.
La directora enfatizó que el juicio todavía no comenzó y remarcó que la Intendencia apeló el fallo civil con la convicción de que el Tribunal de Apelaciones le dará la razón.
Menos precisa fue al explicar la observación que el Tribunal de Cuentas de la República realizó a la contratación de la Unión de Comerciantes Minoristas para la gestión administrativa y contable de 174 jornales en la construcción de viviendas de interés social. Salazar opinó que, en realidad, el TCR hace estas observaciones en general en asuntos de Vivienda porque no es un cometido de los gobiernos departamentales.
Consideró que el sistema de gestión tercerizada para los jornales de la construcción permitió agiliar la ejecución del proyecto y responde a los nuevos roles de las intendencias. Subrayó que la Unión de Comerciantes Minoristas es una de las asociaciones civiles que se presentó al llamado a interesados y como tal resultó adjudicataria.
Salazar no se expidió sobre "el objeto social" de la entidad que defiende intereses gremiales de los comerciantes y por lo tanto no estaría legalmente habilitada a esa relación contractual con la intendencia.