Un terreno estaba en disputa en La Capuera y, luego de analizar los títulos y documentos aportados por ambas partes, un tribunal concluyó que el demandante era el legítimo titular del bien.
El tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º Turno confirmó el pasado mes de agosto un fallo en primera instancia que obliga a una mujer a devolver un predio ubicado sobre la ruta Interbalnearia, en La Capuera, según informó Diario Correo de Punta del Este.
En el año 2015 un hombre radicó una demanda por un terreno que había comprado en el 2010 y que estaba siendo ocupado por otras personas. En la demanda presentó la documentación que acreditaba que él era el propietario del mismo y relató que en el 2013 había colocado en el predio un cartel de “propiedad privada” y que eso no había sido impedimento para que lo usurparan. Además, narró que fue violentamente retirado por los usurpadores cuando pretendió reclamar el lugar.
Se generó una disputa de ambas partes ya que la demandada también decía ser la dueña del terreno. El abogado de la misma argumentaba que los documentos presentados por el hombre poseían “falsedad ideológica” y aseguraba que su defendida era la legítima propietaria del bien ya que la mujer lo había adquirido en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios, según consignó el mencionado medio.
El fallo en primera instancia, que fue en el año 2023, le daba la razón al demandante y obligaba a restituir el terreno en un plazo de 90 días. Sin embargo, la acusada solicitó la absolución y la reconvención de la demanda, es decir, ahora pretendía ser quien demandara usurpación de terreno.
El tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º Turno confirmó el fallo en primera instancia y sentenció que “la demandada es poseedora de mala fe” y que solo correspondía que le fueran restituidos los materiales que tuviera en el terreno.
Foto: Intendencia de Maldonado