Según consignó el diario Correo de Punta del Este, el caso data del 2012, y tras varios fallos judiciales, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió definitivamente en febrero de este año desestimar la demanda de la mujer.
La mujer ingresó a la Policía en el 2012 y durante un curso de formación, específicamente en la clase “Armas y Tiro”, perdió la audición en su oído derecho.
Se encontraba cargando su arma para seguidamente disparar, sin usar los protectores de oídos por no ser obligatorio, cuando el instructor - un agente de 2º- que se encontraba detrás suyo disparó la escopeta hacia el suelo y en lugar cerrado.
Según el relato de la mujer, inmediatamente dejó de oír y sufrió fuertes dolores en su oído derecho. El médico otorrinolaringólogo le diagnosticó trauma acústico, sordera bilateral posterior a predominio derecho y pérdida del 60% de la audición.
La policía continuó trabajando y fue asignada como radio-operadora en la Comisaría de la 11ª Sección Policial de Piriápolis, donde compartió turno con un oficial ayudante, según el mencionado medio.
En diciembre de 2012 fue víctima de acoso sexual por parte de este. En la denuncia judicial se relatan diferentes episodios, desde cuando el oficial comenzó a decirle en tono “alevoso” que debía usar pantalones más ajustados hasta una oportunidad en la que se encontraban en la sala de radio-operadora y entablaron un diálogo sobre la profesión de masajista de la policía y el oficial ayudante comenzó a tocar a la mujer y a obligarle que lo tocara a él. Intentó con fuerza abrirle la camisa y violentamente la tomó del cuello y la direccionó hacia sus genitales.
En ese momento aparecieron dos agentes y el oficial se retiró del lugar. La mujer intentó comunicar a sus compañeras lo que sucedía pero, según su relato, el oficial tocó su arma con la finalidad de intimidarla.
La denunciante realizó una demanda reparatoria patrimonial contra el Ministerio del Interior por estos dos hechos. En 2022, cuando ya había renunciado a la Policía, obtuvo un fallo favorable por parte del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 6 ° Turno quien condenó al Ministerio a pagar una indemnización de 3000 dólares en concepto de daño emergente y 5000 dólares de daño.
Este fallo fue apelado por el organismo estatal y en el año 2023 el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º turno dio la razón al Ministerio y desestimó entonces la sentencia en primera instancia.
El abogado de la mujer interpuso un recurso de casación ante la SCJ que finalmente en febrero de este año no aceptó el planteo de la defensa y desestimó la demanda.