Tras la instancia judicial del caso, el magistrado penal subrrogante de 11º turno dispuso su condena como autor de un delito de violación agravado, un delito de amenazas y un delito de daño, los tres en régimen de reiteración real.
Como consecuencia, le impuso la pena de ocho meses de prisión que se cumplirán en régimen de libertad vigilada debiendo cumplir varias condiciones como residir en domicilio específico -que no podrá modificar sin dar aviso previo a la Fiscalía-, sujetarse a la vigilancia en forma permanente de la OSLA, presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su jurisdicción, someterse a un tratamiento por su adicción en Alcohólicos Anónimos o institución similar y le impuso la prohibición de acercamiento o comunicación, por el plazo de toda la condena.