Los detenidos fueron llevados al Juzgado Penal de 11° Turno, tras la audiencia, se resolvió la condena de C.E.P.H. como autor penalmente responsable de un delito continuado de suministro de estupefacientes en reiteración real con un delito de amenazas agravadas, a la pena de dos 2 años y 8 meses de prisión efectiva.
También se condenó a Matías Rafael Bernal Sosa como autor penalmente responsable de un delito continuado de asistencia a agentes de actividades ilícitas, a la pena de 14 meses de prisión efectiva. Por su parte V.F.L.D. fue sentenciado como autor penalmente responsable del mismo delito que el anterior, a la pena de 13 meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba bajo determinadas condiciones.
Esas condiciones son: residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la sede judicial, sujetarse a la orientación y vigilancia de la referida Oficina. Los seis primeros meses deberá cumplir arresto domiciliario total pero con autorización para salir a trabajar y el resto de la pena, presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio y 5) cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez.
(La foto corresponde al condenado Matín Bernal)