Tras el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que anuló la contratación directa de Satenil SA por parte del municipio, la edila blanca Magdalena Zumarán consideró que la comuna deberá resarcir económicamente a las empresas afectadas por esa decisión. No obstante, la directora de Jurídica Municipal, María del Carmen Salazar, subrayó que el fallo responde a una “cuestión formal”.
La edila Zumarán –una de los nacionalistas que en su momento denunció a nivel judicial el contrato de Satenil S.A. en 2005 - dijo esta mañana en FM Gente que se analizarán “profundamente” los pasos a seguir tras la sentencia del TCA. Además, Zumarán alertó que la comuna tendrá que resarcir económicamente a las empresas que fueron afectadas por aquella decisión.
“Advertimos la irregularidad de este contrato, no solamente desde el punto de vista administrativo, porque se violaron todas las formas habidas y por haber argumentando que por culpa del temporal se vieron obligados a firmar este contrato de forma directa, sin anuencia de la Junta y sin considerar al Tribunal de Cuentas”, señaló la edila.
Recordó que la comisión investigadora de la Junta Departamental investigó exhaustivamente el contrato y detectó, entre otras cosas, “contradicciones entre los directores” que fueron citados. A juicio de Zumarán, hubo “una falta de transparencia total que es la muestra de lo que fue este gobierno frenteamplista”.
Además subrayó que se desconoce “quién es Satenil, aunque se llevó mucho dinero de los contribuyentes”. Añadió que ahora “la IMM tendrá que resarcir económicamente a las empresas perjudicadas”.
En cambio, la directora de Jurídica municipal descartó que la decisión tenga consecuencias negativas ya que los errores detectados son de forma y no hacen al mérito del contrato suscripto.
Asimismo descartó que la intendencia tenga que asumir reclamos de empresas afectadas por la decisión de 2005.
“El mismo fallo dice que esto es por razones ajenas al mérito. Por lo tanto, el negocio como tal no fue atacado. (…) Lo hace por una cuestión formal que son dos cosas: la certificación del TCR y el artículo que establece que todo contrato superior a 2.000 pesos debe ser puesto a consideración de la Junta Departamental”, puntualizó Salazar.
La jerarca insistió que el TCA falló sobre la “nulidad, pero por razones ajenas al mérito”. También sostuvo que “tanto el artículo que habla de la certificación del TCR como el que establece que los contratos tienen que ir a la Junta cuando se excedan los 2.000 pesos, nunca se aplicaron” en anteriores administraciones.
ANTECEDENTES
Como se informó, el TCA resolvió anular los actos administrativos del intendente, Óscar de los Santos, en la contratación directa en 2005 de la empresa Satenil S.A.
El contrato con Satenil S.A. fue cuestionado luego de su concreción en noviembre de 2005 por legisladores y ediles del propio Frente Amplio, y también fue objeto de una denuncia penal radicada por los ediles Martín Laventure, Magdalena Zumarán y Rodrigo Blás.
A comienzos de este año el fiscal doctor Carlos Reyes pidió el archivo del caso, aunque la jueza penal Adriana Graziuso pidió otros elementos probatorios, por lo cual la causa sigue abierta.
La resolución del TCA fue firmada por 5 ministros del tribunal: Ricardo Harriague, Eduardo Lombardi, Dardo Preza, Mariela Sasson y Jaime Montserrat. La acción de nulidad había sido promovida por la empresa Rafeluz S.A., que fue dejada al margen tras las negociaciones directas del municipio con Satenil S.A.
(Foto: Tribunal de lo Contencioso Administrativo)