La víctima se trasladaba en una moto por la calle Zelmar Michelini con dirección norte-sur, y el camión circulaba por la calle Florida con dirección este-oeste. El siniestro ocurrió cuando el conductor del camión no respetó el derecho de preferencia del motociclista.
Luego de que la mutualista exigiera el pago de los daños y perjuicios los abogados de la demandada sostuvieron que en el caso de la mutualista no existe una legitimación activa y que la moto circulaba con exceso de velocidad.
El juez en primera instancia desestimó la demanda contra la empresa y amparó el reclamo contra el conductor, pero la intervención de un Tribunal de Apelaciones laudó que la empresa y el conductor deberán abonar el costo de la atención del conductor del birrodado.
“Es un hecho admitido que la preferencia de cruce en la emergencia estaba a favor del motonetista accidentado, afiliado a la mutualista reclamante” sostiene el fallo de los ministros, según consignó el periodista Marcelo Gallardo en la Primera Página de La Revista de este viernes.