La edila María Alejandra Scasso dijo que el polémico artículo 15 de la Rendición de Cuentas, aun con su nueva redacción, es “groseramente” inconstitucional. Consideró que también afecta la separación de poderes.
La legisladora departamental recordó en la Junta Departamental que, en la Rendición de Cuentas, votada ya en la Cámara de Representantes, se encuentra el artículo 15, que establece que “ante un fallo judicial condenando al Estado, éste tiene la facultad de no cumplirlo”.
Consideró que “esta norma atenta contra la separación de poderes y es groseramente inconstitucional. El Poder Judicial va a tener la facultad de juzgar pero no de ejecutar lo juzgado. Y se sustenta el cumplimiento de una sentencia firme a la voluntad concurrente del Poder Ejecutivo, que prevea la previsión presupuestal y al Poder Legislativo que tiene que aprobarlo”.
Scasso señaló que “en la nueva redacción del artículo que se le dio a la norma que está a consideración del Senado, se dice que estos casos se aplican cuando la condena exceda los 75 millones de Unidades Indexadas, Si bien la suma es importante, podemos ver que si un grupo de trabajadores reclama rubros o aumentos salariales puede llegar perfectamente a esta suma. Y si el Poder Judicial condena a ese pago, el Estado puede no pagarlo. Esto es lo que está pasando, precisamente, con los funcionarios del Poder Judicial”.
Destacó que “esto no es un problema de cantidad o de suma. Si al Estado se lo condena a pagar con una sentencia firme, la debe cumplir. El Estado no está ni por encima de la ley ni de la Constitución, sino en igualdad con los ciudadanos””.