El Poder Ejecutivo decretó que todo trabajador de la actividad pública o privada que opte por recibir toda dosis de vacunación que ofrezca el Ministerio de Salud Pública queda comprendido dentro de los beneficios otorgados por la Ley Nº 19.947, de 21 de abril de 2021.
La norma mencionada establece que todo trabajador, tanto del ámbito público como del privado, tendrá derecho a un plazo máximo de cuatro horas para concurrir al centro de vacunación, las que serán abonadas como trabajadas y consideradas a todos los efectos como tales, en caso de que haya sido agendado para acudir dentro de su horario laboral.
El trabajador que concurra a vacunarse deberá avisar a su supervisor y tendrá tres días para justificar su cumplimiento.
Con base en la recomendación de la Comisión Nacional Asesora de Vacunas el Ministerio de Salud Pública aprobó la aplicación – a partir del lunes 16 de agosto- de una tercera dosis anticoronavirus elaborada por Pfizer/BioNTech para los inoculados con doble dosis de Coronavac del laboratorio Sinovac.