M.B.S. (iniciales de nombre y apellidos), de 19 años de edad, carente de antecedentes, vio interceptado su paso al volante de un vehículo en “grave estado de embriaguez”, según la tipificación que la juez de Paz le aplicó a su acción. Por ese motivo la magistrado ordenó que deberá cumplir 12 días de trabajos para la comunidad.
J.T.B. de 40 años, carente de antecedentes penales, manejaba un vehículo motorizado en “grave estado de embriaguez”, según la tipificación judicial. Ahora tendrá que realizar 10 de trabajo para la comunidad.
C.P.D., de 34 años, fue interceptado por un control de tránsito y se descubrió que estaba manejando un vehículo motorizado sin tener el permiso habilitante para hacerlo (la libreta). La juez le condenó a realizar trabajos para la comunidad durante siete días.
La magistrado no divulgó la carga horaria diaria que deberá cumplir cada condenado, ni la labor que realizarán para la comunidad en el tiempo asignado, aunque esto se acuerda con la oficina encargada del control de cumplimiento de penas.