“Los que grafitean, los que rompen garitas de ómnibus, los que vandalizan contenedores de basura, la ocupación indebida de espacios públicos, esas figuras ya están”, dijo a FM GENTE el diputado por el Partido Nacional. Y propone que haya voluntad de los órganos competentes de aplicarla, “especialmente Fiscalías”.
La ley de vagancia, N° 10071, existe en nuestro Código Penal desde el año 1941. La misma establece en su artículo N°2, encisos A, B y C:
“Los vagos, considerándose tales los que no teniendo medios lícitos de subsistencia, no ejerzan profesión u oficio y, siendo aptos para el trabajo, se entreguen a la ociosidad.
B)Los mendigos, considerándose tales los que, siendo aptos para el trabajo, se dedicaren -de modo habitual- a mendigar públicamente.
C)Los ebrios y toxicómanos habituales, que se embriaguen o intoxiquen en lugares públicos”
Echeverría explicó que cuando plantea utilizar esta ley se refiere a “recurrir a figuras penales como el abuso de alcohol o estupefacientes en la vía pública, figuras como la instigación de la mendicidad de niños”.
“Muchas personas que para cuidar coches que no son debidamente autorizados patotean, insultan, violentan a hombres y mujeres que están trabajando, que quieren transitar tranquilamente y no lo pueden hacer”, agregó.
El diputado explicó que “hoy tenemos las herramientas legales en el código penal para responder a ciertas conductas que atentan contra la convivencia de los vecinos en el departamento. Falta ponerlas a disposición”.
Remarcó que “no hay que generar nuevas figuras penales, lo que tiene que haber es una vocación desde fiscalía de avanzar en la utilización de este tipo de herramientas”. Dijo que también pueden exigir que se aplique esta ley “las distintas gremiales y los vecinos”.
“Existen herramientas legales y hay que utilizarlas porque son necesarias para la convivencia de todos. No está bueno que nadie se sienta violentado cuando sale a la vía pública”, manifestó, “este tipo de acciones no puede pasar desapercibida porque si no van a seguir sucediendo en el tiempo”.
Informó que la respuesta penal es la obligación de prestar servicio comunitario de 7 a 30 días.
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